Cursos de formación en el sector de Banca


Los pasados meses de Marzo y Abril se impartieron una serie de cursos de formación en el ámbito funcional de banca. Se realizó una “invitación” (difícil de rechazar) para la asistencia a estos cursos, cuyo horario de impartición era viernes por la tarde y sábado por la mañana. Estos cursos fueron convocados directamente por una unidad, sin contar con el Departamento de Formación de la empresa.

 Los representantes de UGT estuvimos hablando con el Director de Formación para indicarle que este tipo de cursos debían impartirse en horario efectivo de trabajo, según indica el estatuto de los trabajadores en su artículo 23. Nos consta que el Director de Formación se comunicó con los responsables de la impartición de estos cursos.  Desde UGT también hemos hablado con alguno de los responsables del lanzamiento de esta formación. Solicitamos verbalmente que se modificase el horario de los mismos y que se abriesen a todo el personal interesado en este tipo de formación. No se nos hizo ningún caso.

Debido a esta actitud de la empresa, y contando con la ley a favor de los trabajadores, interpusimos una demanda ante la Inspección de Trabajo, basándonos en el artículo 23 del Estatuto de los Trabajadores.

El pasado día 3 de Julio, fuimos convocados para reunirnos con el Inspector de Trabajo, junto con la empresa. En dicha reunión, el Inspector de trabajo dijo que el tiempo empleado en estos cursos se considera tiempo efectivo de trabajo y que la empresa deberá comunicar a los representantes de los trabajadores TODAS las acciones formativas que realice, no únicamente las que organiza el Departamento de Formación.

La resolución de la Inspección, recibida en esta semana, confirma lo dicho en la reunión. Por tanto, los trabajadores afectados por estos cursos pueden reclamar a la empresa el pago o compensación en tiempo libre de las horas empleadas en la formación, contando las de desplazamientos de ida y vuelta, como horas extra y también pueden reclamar los gastos de desplazamiento. El que lo crea conveniente que se ponga en contacto con nosotros para realizar la reclamación o, en cualquier caso, rogamos que nos informen de los pasos seguidos para poder realizar un seguimiento de la solución de este asunto. También os pedimos  a todos que si sois convocados a algún curso de formación no organizado por el Departamento de Formación, nos lo comuniquéis, puesto que dicho curso puede estar dentro del ámbito de la resolución de Inspección de Trabajo.