Buenos días,
Es muy importante la participación de tod@s en estas elecciones. Si no puedes asistir presencialmente puedes votar por correo (guarda los justificantes del pago de los certificados para que luego te los reintegre la empresa). Adjuntamos un modelo de solicitud de voto por correo.
Descargar Solicitud Voto por Correo
Os comentamos las posibles formas de participar en las próximas votaciones al comité de empresa de Albarracin 25 de ATOS IT. Quedamos a vuestra disposición para cualquier comentario o duda que os surja.
Voto presencial:
El Estatuto de los Trabajadores establece que cada empleado dispondrá del tiempo necesario para el efectivo ejercicio del voto. A este respecto, y de cara a justificar la ausencia en el puesto de trabajo, la mesa electoral proporcionará el justificante oportuno a quien lo requiera.
La votación se celebrará el 15 de diciembre de 2016 en horario de 8:30h a 20h en el Centro de Trabajo de Albarracín 25, planta baja.
Voto por correo:
Para ejercer la modalidad de voto por correo, el trabajador deberá solicitarlo por correo certificado, a la mesa electoral:
Atos IT
Mesa Electoral Elecciones 2016
C/Albarracín 25,
- Madrid
En dicha solicitud deberá indicar CON LETRA CLARA la dirección postal en la que desea recibir la documentación necesaria para el voto, y que le será remitida por la mesa. Importante: la mesa no tramitará solicitudes donde no figure esa dirección postal de forma clara y completa. La solicitud puede realizarse hasta cinco días antes del día de la votación.
Una vez proclamadas las candidaturas definitivas, la mesa hará llegar al trabajador por correo:
- El sobre oficial de voto.
- Las diferentes opciones de voto (papeletas).
- Otro sobre de mayores dimensiones donde introducir toda la documentación.
El trabajador deberá:
1) Introducir su opción de voto en el sobre oficial.
2) Introducir el sobre oficial, junto con una fotocopia del DNI, en el sobre más grande.
3) Firmar justo en el cierre de dicho sobre.
4) Enviarlo por correo certificado a la mesa electoral, a la misma dirección a la que envió la solicitud.
El justificante de pago de los certificados, expedido por correos, será abonado al trabajador según el procedimiento de nota de gastos. La nota de gastos deberá contabilizarse en el WBS/CECO al que habitualmente imputa el trabajador.
Más información: Art 69.1 del Estatuto de los Trabajadores y RD 1844/1994 de 9 de septiembre o Sección Sindical UGT ATOS IT en el correo: es-ugt.atosit@atos.net.
Saludos