SUBIDA DEL SMI Y OTRAS NOTICIAS


¿Cómo afecta la subida del SMI a las tablas salariales del XVIII convenio TIC?

La subida en el SMI ha supuesto una actualización automática de las tablas salariales del Convenio TIC para aquellas áreas y niveles que quedaban por debajo del salario mínimo interprofesional. Esta actualización fue defendida en solitario por UGT en las negociaciones del Convenio TIC y evita que haya categorías profesionales que queden por debajo del SMI.

Os preguntaréis: ¿cómo afectaría que hubiera categorías profesionales con salario inferior al SMI si dicho salario es el mínimo que debe recibir una persona trabajadora? Pues bien, en el caso de que las tablas estuvieran por debajo del SMI la empresa te abonaría el resto mediante un concepto del estilo complemento personal convenido o mejora voluntaria, los cuales, por desgracia, quien más y quien menos sabemos cómo funciona: acaban siendo absorbidos.

Además, se modifica la ley de IRPF para que el aumento del SMI no suponga mayor carga fiscal para la persona trabajadora de forma que la cuantía mínima para practicar retenciones pasa de 15.000 a 15.876 euros, lo que permitirá que quienes cobren el salario mínimo en 2024 no soporten retenciones por este impuesto. Igualmente, las personas contribuyentes con rendimientos netos del trabajo de hasta 19.747,5 euros anuales verán reducidas sus retenciones fiscales.

https://www.boe.es/eli/es/rd/2024/02/06/142

Subida del descuento por Mecanismo de Equidad Intergeneracional en la nómina de enero.

En la nómina de enero habréis visto que el concepto “CUOTA MEI trabajador” ha pasado del 0,10 al 0,12%.  Este concepto se trata de una aportación que entró en vigor en 2023 al Fondo de Reserva de la Seguridad Social, para garantizar el sistema de pensiones. En 2023 esta aportación era del 0,10% por parte del trabajador que sumada al 0,50% de la empresa suponía un 0,60%. En 2024 la aportación ha subido al 0,70% de la base de cotización, correspondiendo a el 0,58% a la empresa y el 0,12% a la persona trabajadora.