El pasado día 17 de mayo se firmó por parte de la Empresa y la RLT el acuerdo de compensación por trabajo en festivos no estatales para el personal desplazado en GISS. El acuerdo es el siguiente:
“Reunidos la Empresa con las Secciones Sindicales abajo firmantes, se acuerda fijar las siguientes compensaciones para los Festivos no estatales trabajados por el personal desplazado en el Cliente GISS, desde el 1 de enero de 2011 hasta el 31 de diciembre de 2012, quedando este acuerdo sin efecto una vez finalizado el citado periodo, o bien sea sustituido por otro.
Condiciones del acuerdo:
1 El trabajo en Festivos no estatales será voluntario.
2 Todos los trabajadores afectados dispondrán de un día libre por cada festivo no estatal trabajado.
3 Adicionalmente cada hora trabajada será retribuida con la cantidad regulada en el Acuerdo Marco para las Horas
Extraordinarias, estableciéndose 168 Euros como cantidad mínima a percibir por Festivo no estatal trabajado.
Para cualquier otro aspecto no regulado en el presente acuerdo, se estará a lo estipulado en el marco regulador de aplicación: Acuerdo Marco, Convenio Colectivo, etc.”