Deuda de Atos a la Seguridad Social


    La semana pasada la Sección Sindical de UGT, al igual que el resto de la RLT de todos los centros de trabajo de Atos, recibió una resolución de la Inspección de Trabajo en la que se reclama a la empresa la cantidad de 2.665.581,62€ en concepto de diferencias en las cotizaciones a la Seguridad Social desde abril de 2010 hasta diciembre de 2013. Esta cantidad que se le reclama a Atos se debe a:

1. La incorrecta cotización por accidentes de trabajo y enfermedades profesionales, dependiente del CNAE; aplicaban a toda la plantilla el código de oficinas que cotiza al 1% y deberían haber aplicado el código de consultoría que cotiza al 1,65%.

2. No haber prorrateado los bonus y gratificaciones especiales en su periodo de generación, tal como se hace con las pagas extras. Esto implica que en determinados casos una parte de estos conceptos se queda sin cotizar a la SS porque la base del mes en que se paga supera la base máxima de cotización.

   La acción inspectora comienza en abril de 2014 y termina en diciembre de 2014, realizada por la Inspección de Trabajo en base a una acción programada por la Dirección Especial de Inspección. No es originada por denuncias de ningún trabajador, ni de representantes de los trabajadores. La RLT solicita, el 16 de febrero de 2015, una reunión con la Dirección de Personal para escuchar su versión de los hechos y el día 18 de febrero de 2015 a las 16:30 tuvo lugar la reunión con el Director de Personal, Gustavo Hornos.

   Según el Director, la cosa viene de lejos. Todo comienza en 2008, cuando se produce un cambio en la legislación de cotización por Accidentes de Trabajo, pasando a depender del CNAE de la empresa y que había que haber puesto en marcha el 1 de enero de 2010. En 2008 la AEC encarga un informe a Garrigues sobre el asunto y el famoso bufete dice que no ve riesgo en seguir como hasta ahora porque todavía no ha habido actuaciones ni decisiones al respecto y que se puede seguir haciendo las cosas igual. En 2011 se inspecciona a las empresas del sector Accenture e Indra y tras ellas se vuelve a pedir otro informe a Garrigues en el que se manifiesta que existe un riesgo firme de ser inspeccionados y tener que pagar los atrasos. Siguen las inspecciones a empresas del sector y se dan cuenta que se ha organizado una inspección general a todas las grandes de Consultoría. Pese a esto la empresa no cambia el tipo de cotización pero sí empieza a provisionar el riesgo que supone el no hacerlo. En 2013 la Inspección Provincial de Tenerife en una actuación sobre Atos Consulting Canarias da la razón a la empresa y dice que está bien cotizado al 1%. A la vista de todo esto la AEC organiza una reunión con las autoridades competentes y en ella se consigue una rebaja del tipo de cotización hasta el 1,35% a partir del 1 de enero de 2014. Atos se pone a realizar los cambios y en marzo de 2014 ya está el 90% de la plantilla cotizando al 1,35% y el 10% sigue cotizando al 1% porque son actividades auxiliares y de apoyo que se encuadran la actividad de trabajos de oficina que tiene este tipo de cotización recogido en la ley. Pero he aquí que en 2014 nos toca la inspección, como ya se ha dicho, y se reclaman las cantidades correspondientes desde abril de 2010 hasta diciembre de 2013. Toda esta actuación se refiere únicamente a Atos Spain, pero la empresa contempla el posible riesgo de que también les toque a otras empresas del Grupo Atos.

   La parte de los bonus y gratificaciones especiales afecta también a la cotización por parte del trabajador. Sobre esto la Dirección dice no saber cómo actuará la Seguridad Social, ya que la actuación de la Inspección de Trabajo sólo se refiere a la parte de la empresa. En principio el trabajador debería cotizar el 6,35% de la parte de estos conceptos que no hayan entrado en la base de cotización del mes en que se cobró, al superar los devengos a la base máxima de cotización. En los casos en que el salario, sin bonus y gratificaciones, del trabajador ya supere la base máxima de cotización, no tendría que pagar nada más. Así pues, sobre esta parte habrá que esperar para saber lo que hay que hacer. No obstante, si algún trabajador afectado lo desea, puede dirigirse a la Inspección de Trabajo. UGT lo hará a la mayor brevedad. Para el futuro, la empresa hará un cálculo a la baja del posible importe del bonus o gratificación que repartirá en los meses anteriores al de pago y complementará lo que falte en el mes de pago.

   La liquidación de la deuda se ha practicado con un 20% de recargo, pero sin sanción. No obstante la Inspección de Trabajo ha dicho a la empresa que si no reconoce y paga la deuda, tendrá inmediatamente un 50% de multa. Por tanto, la empresa se ha puesto manos a la obra y está negociando el fraccionamiento del pago. Si consiguen el aplazamiento de una parte de la deuda y contando con la provisión de riesgos realizada, el impacto en las cuentas del ejercicio actual y el siguiente será mínimo, pero está claro que esto rebajará el margen operativo de este ejercicio. UGT preguntó qué parte de la deuda no estaba cubierta por las provisiones, pero no dio una respuesta concreta.

   UGT también le pregunto a la empresa si Garrigues tiene un seguro de responsabilidad que cubra errores de sus informes jurídicos y la contestación fue que no sabía que existieran este tipo de seguros, que también en el segundo informe ya advirtieron del riesgo y que los informes habían sido encargados por la AEC, no por Atos. Por tanto, no hay nada que rascar.

   Desde la Sección Sindical de UGT pensamos que esto ha sido una cagada de la AEC, de Garrigues y desde luego de Atos que no hizo todo lo que debía en su momento y fue dejando el asunto en manos del azar, de la suerte. Esta omisión del deber nos ha costado, de momento, un 20% de recargo y no creemos que las provisiones de riesgo les hayan dado una rentabilidad que se acerque a este porcentaje. Alguien debería asumir responsabilidades por este asunto.

Un comentario en “Deuda de Atos a la Seguridad Social

  1. viva ATOS… tenemos 100 personas en RRHH en España, que no me explico qué hacen… aparte de ‘repartirnos’ su sueldo a las ‘service lines’ como gastos de administración, total para juicios e informes pagamos a Garrigues (que también nos ‘repartirá’ su facturación en las divisiones) y las nóminas las hacen en Polonia…

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