Tras varios meses de reuniones se ha llegado a un acuerdo entre los delegados y delegadas de prevención de Atos Spain y la empresa para la inversión en Prevención de Riesgos Laborales del Bonus por baja siniestralidad (1) que ha obtenido la empresa correspondiente al ejercicio del año 2016.
A continuación ponemos el enlace del comunicado conjunto que los tres sindicatos con representación a nivel estatal hemos elaborado:
Comunicación en el área de Prevención a l@s emplead@s de Atos Spain
A modo de resumen de lo ocurrido en estos meses de negociación contaros lo siguiente:
En el centro de trabajo de Madrid todo se inició con una citación de la Inspección de Trabajo a la empresa y a los delegados de prevención de Atos Spain para comprobar porque dichos delegados no habían firmado la solicitud del bonus para el año 2016 ni habían presentado alegaciones en contra. Se le dijo a la inspectora que se había estado intentado llegar a un acuerdo con la empresa sobre ese tema pero que la misma no había mostrado mucha disposición y que el plazo para la presentación de las alegaciones se había pasado y la empresa presentó la solicitud del bonus. La inspección de Trabajo instó a la empresa a negociar con los delegados de prevención de Madrid y le comunicó que si no mostraban voluntad de negociar podría imponerles la devolución del bonus más una sanción económica. Durante varios meses se produjeron distintas reuniones, intercaladas con aplazamientos de reuniones en la Inspección de Trabajo y reuniones en dicha Inspección en las que la Inspección recordaba a la empresa que debía prestar importancia a este asunto y dialogar con los delegados de prevención.
La negociación se amplió a nivel estatal participando delegados y delegadas de prevención del resto de centros de trabajo de Atos Spain en toda España, quedando también representados aquellos centros que no tuviesen delegados/as de prevención.
Finalmente el 13 de junio se llegó a un acuerdo, aunque quedan pendientes algunos flecos sobre cómo será el trámite de solicitud y recogida. Informaremos del mismo cuando estén resueltos.
Os mantendremos informados.
(1) Bonus de baja siniestralidad laboral: Consiste en una reducción en las cotizaciones por contingencias profesionales a la Seguridad Social para aquellas empresas que hayan tenido una baja siniestralidad laboral, y siempre que se cumplan los requisitos necesarios. La cuantía es del 5% de las cotizaciones por contingencias profesionales durante el periodo de observación. Para los tres años siguientes, será de un 5% adicional, siempre limitado al importe de la inversión realizada y totalizando un máximo de cuatro ejercicios naturales, consecutivos e inmediatamente anteriores al de la solicitud que no hayan formado parte de una solicitud anterior.
Todo esto se haya regulado en el Real Decreto 231/2017: BOE-A-2017-3125