Madrid, Valencia, Sevilla y Málaga fueron escenario el pasado viernes 3 de noviembre, de exitosas manifestaciones llevadas a cabo por los profesionales del sector TIC.
Leer la noticia completa:Comunicado UGT Convenio XVII nº 50
Madrid, Valencia, Sevilla y Málaga fueron escenario el pasado viernes 3 de noviembre, de exitosas manifestaciones llevadas a cabo por los profesionales del sector TIC.
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El viernes 20 de octubre se celebraron en Madrid y Bilbao manifestaciones para reclamar a las patronales del sector TIC la firma de un convenio colectivo digno. Os informamos de ello en el siguiente comunicado:
Comunicado UGT Convenio XVII nº 49
Igualmente os facilitamos unos enlaces para apoyar con vuestra firma, con total garantía de confidencialidad, la petición de dicho convenio colectivo digno:
Enlaces a la firma en Change_org en Tablones de Anuncios
Queremos compartir la situación del sector de TIC.
Leer noticia completa: Situación del sector de Consultoría
En las últimas semanas UGT y CCOO estamos poniendo en marcha distintas medidas para quelas Patronales AEC y ANEIMO escuchen la voz de este Sector. Y el Sector está hablando, alto y claro .
Leer noticia completa: Comunicado UGT Convenio XVII nº 48
UGT continua trabajando activamente para conseguir el nuevo convenio que desde 2010 necesitamos los trabajadores y trabajadoras de nuestro sector.
Aquí puedes leer el comunicado completo: Comunicado UGT Convenio XVII nº 47
Un saludo
Entre el 30 de septiembre y el 9 de octubre de 2017 van a tener lugar diferentes marchas bajo el lema ‘EN MARCHA POR PENSIONES DIGNAS’. El objetivo de estas marchas es denunciar las políticas que el Gobierno está aplicando al Sistema Público de Pensiones, los recortes de las pensiones y reivindicar la recuperación y revalorización de las pensiones conforme al IPC para asegurar su presente y futuro.
Bajo el Lema “En Marcha por Pensiones Dignas” los pensionistas y jubilados marcharán a pie hasta Madrid, en diez etapas, desde las Comunidades Autónomas de Andalucía, Asturias, Cantabria y Comunidad Valenciana
Con motivo de ello queremos presentaros dos documentos:
Argumentario En Marcha Pensiones Dignas
Manifiesto conjunto marchas pensionistas
En UGT continuamos trabajando activamente para conseguir el nuevo convenio que desde 2010 necesitamos los trabajadores y trabajadoras de nuestro sector.
Aquí puedes leer el comunicado completo: Comunicado UGT convenio XVII nº 46
Un saludo
UGT continúa trabajando para conseguir el nuevo convenio que desde 2010 necesitamos en nuestro sector.
Aquí puedes leer el comunicado completo: Comunicado UGT convenio XVII nº 45
Un saludo
En UGT continuamos trabajando para conseguir el nuevo convenio que desde 2010 necesitamos los trabajadores y trabajadoras de nuestro sector.
Aquí puedes leer el comunicado completo: Comunicado UGT convenio XVII nº 44
Un saludo
Os adjuntamos el Comunicado de Prensa emitido por UGT con los datos del registro de paro publicados por el Servicio Público de Empleo Estatal (SEPE) relativos al mes de Junio.
Ver el comunicado: Comunicado Paro registrado en junio 2017
En UGT continuamos trabajando activamente para conseguir el nuevo convenio que desde 2010 necesitamos los trabajadores y trabajadoras de nuestro sector.
Aquí puedes leer el comunicado completo: Comunicado UGT Convenio XVII nº 43
Un saludo
Desde hace unos años hemos venido sufriendo recortes salariales, esto debe cambiar.
Leer el artículo completo: EUROPA NECESITA UNA SUBIDA SALARIAL
El último informe anual del Banco de España señala el carácter moderado de los aumentos salariales en nuestro país frente al nivel de la subida de los beneficios empresariales.
Leer la noticia completa: Beneficios empresariales VS Salarios congelados
En UGT continuamos trabajando activamente para conseguir el nuevo convenio que desde 2010 necesitamos los trabajadores y trabajadoras de nuestro sector.
Aquí puedes leer el comunicado completo: Comunicado convenio XVII nº 42
Un saludo
Desde UGT continuamos trabajando activamente para poder conseguir el nuevo convenio que desde 2010 necesitamos los trabajadores y las trabajadoras del Sector. En la última reunion, hemos presentado una propuesta de nueva clasificación profesional según el modelo que mandata el Art. 22 del Estatuto de los Trabajadores.
En 2016 sólo se declaró un caso de cáncer de origen laboral

Las enfermedades profesionales declaradas en la Comunidad de Madrid han aumentado un 5,09 por ciento en 2016 respecto al año anterior hasta sumar un total de 1.673 patologías, según el informe ‘Enfermedades causadas por el trabajo en la Comunidad de Madrid’ elaborado por UGT. En concreto, en la región se han declarado un total de 2.385 patologías causadas por el trabajo, de las cuales 1.673 corresponden a enfermedades profesionales y 712 a patologías no traumáticas causadas o agravadas por el trabajo.
Según estima el informe, de los partes de enfermedades profesionales comunicadas, un total de 1075 (64,2%) tuvieron baja laboral y 598 (36%) se cerraron sin baja laboral en 2016.
Respecto al género, durante el año 2016 el mayor número de partes comunicados corresponden a mujeres con un total de 980 de los que 677 se calificaron con baja y 303 sin baja. Por el contrario, los hombres notificaron 693 enfermedades profesionales de las que 398 fueron con baja y 295 sin baja.
En cuanto a la edad, el mayor número de enfermedades profesionales se dan en trabajadores entre 45 y 49 años. En concreto, en las mujeres se producen más enfermedades en los tramos de 45 a 49 y de 50 a 54 años y en los hombres se da un mayor número entre los 40 y 44 años.
Por todo ello, UGT considera «necesaria» la modificación del Real Decreto 1299/2006, por el que se aprueba el cuadro de enfermedades profesionales en la Seguridad Social, para así «acercar la lista de enfermedades profesionales a las patologías del trabajo que se están produciendo actualmente en el ámbito laboral como los tipos de cáncer que no están contemplados».
«Es necesario que se incorporen también el cuadro enfermedades musculo-esqueléticas generadas por los riesgos ergonómicos y psicosociales», han indicado, ya que según muestra el informe, «los riesgos ergonómicos en España son la primera causa de enfermedad profesional y accidente de trabajo».
Tras conocer los datos del informe, el sindicato ha propuesto la creación de una mesa donde «se analice la problemática de las enfermedades relacionadas con el trabajo en la Comunidad para así poder identificar las enfermedades de trabajo».
Asimismo, también han abogado por «la elaboración de un Sistema de Información Sanitaria y Vigilancia Epidemiológica Laboral que facilite la detección y declaración de enfermedades profesionales en todos los centros de salud», así como «la investigación y epidemiología sobre los riesgos psicosociales, trastornos musculo-esqueléticos y cánceres de origen profesional en la región».
INFORME Enfermedades Profesionales Comunidad Madrid 2017
Desde UGT continuamos trabajando activamente para conseguir el nuevo convenio que desde 2010 necesitamos los trabajadores y trabajadoras del sector.
Aquí puedes leer el comunicado completo: Comunicado UGT Convenio XVII nº 40
Un saludo
Las movilizaciones, iniciadas en diciembre y que prosiguieron el 19 y 22 de febrero, continúan el 23 de marzo con una nueva jornada de lucha y reivindicación.
En los centros de trabajo de todo el país, reclamaremos EMPLEO, SALARIOS DIGNOS, Y LA RECUPERACIÓN DE DERECHOS SOCIALES. Llevamos 3 años de crecimiento económico, las previsiones para los próximos años dicen que seguirá la tendencia, aumenta el beneficio empresarial ¿Por qué las mejoras no llegan a las familias trabajadoras?
Los problemas creados por los recortes no se corrigen, al contrario, se agravan:
– Aumenta la precariedad laboral, las desigualdades y la pobreza.
– No se percibe voluntad política para revertir esta situación.
– El diálogo social bipartito y tripartito no avanza.
Sobran razones para la movilización. Por ello, convocamos el 23 de marzo asambleas informativas en los centros de trabajo y concentraciones.

Estimad@s compañer@s,
En la reunión de la mesa negociadora , UGT y CCOO hemos complementado nuestra propuesta conjunta sobre Tiempo de Trabajo en aquellas áreas en las que el convenio no contempla regulación alguna y remite a lo dispuesto en el Estatuto:
Comunicado UGT Convenio XVII nº 39
Un Saludo.
El juzgado de lo Social número 33 de Barcelona ha declarado nulo un despido producido durante la incapacidad temporal de un trabajador siguiendo una resolución del Tribunal de Justicia de la Unión Europea.
Se trata de un caso que marca precedente ya que, de no ser por esta puesta en evidencia de la legislación laboral española gracias a la intervención Europea, dicho despido hubiese sido improcedente.
La principal diferencia que existe entre estos dos tipos de despido es que en el improcedente, la empresa deberá optar por readmitir al trabajador o indemnizarlo en la cuantía correspondiente; sin embargo, en el caso de despido nulo no puede optar, por lo que debe reincorporar al trabajador en su puesto de trabajo, abonándole los salarios de tramitación que son aquellos que el trabajador no ha cobrado desde la fecha del despido hasta la fecha en la que se notificó la sentencia de nulidad.
En el caso concreto de la sentencia a la que nos referimos, se enjuicia el despido de un cocinero de un conocido hotel que sufrió un accidente laboral al resbalar, caerse y fracturarse varios huesos durante su jornada laboral. Tras varias semanas en situación de incapacidad temporal, la empresa notifica al trabajador su despido disciplinario, alegando “no haber alcanzado las expectativas establecidas por la empresa ni el rendimiento que la empresa considera adecuado o idóneo para el desempeño de sus tareas en su puesto de trabajo”.
El Juez de primera instancia llegó a la conclusión de que existe nulidad (despido realizado vulnerando Derechos constitucionales; en este caso al derecho a la integridad física y a la salud) porque se discrimina al trabajador por su condición de “discapacitado”, un concepto que ya el Tribunal de Justicia de la Unión Europea ha calificado como aquel trabajador en situación de incapacidad temporal que presenta un carácter duradero de su incapacidad en la fecha del despido, tal y como se recoge en las Directivas Europeas 2000/78, C335/11 y C-337.
Por ello, los despidos practicados sobre trabajadores en situación de incapacidad temporal, que previsiblemente se alarguen en el tiempo, y que puedan ser considerados como discapacitados, cuentan ya con una protección contra el despido mucho mayor que la que la actual doctrina jurisprudencial española le venía garantizando, en la que exclusivamente se estimaba la improcedencia del despido en caso de probarse que el motivo real de éste, era la situación de enfermedad.
Hay que dejar constancia de que esta sentencia trata un caso de una baja de larga duración y, aunque es un precedente, aún no crea jurisprudencia